ANÁLISIS SOBRE EL ESTUDIO DE OPINIÓN ACCAM-ACEEC 2025

BENEFICIOS FINANCIEROS INSUFICIENTES: EL 33%

En relación al estudio de opinión que realizamos el pasado mes de mayo, y del cual te venimos contando en circulares anteriores las propuestas que hemos presentado a la empresa de aquellos puntos que han obtenido una valoración superior al 33%, en esta nueva circular te vamos a contar las propuestas presentadas en relación al séptimo punto peor valorado:

Beneficios Financieros Insuficientes con el 33% de los votos.

A lo largo de los años, hemos visto cómo el esfuerzo, la implicación y la profesionalidad de la plantilla de esta entidad han sido claves para mantener la estabilidad, competitividad y rentabilidad del banco. Sin embargo, ese compromiso no se está viendo reflejado de manera justa en nuestras propias condiciones financieras como empleados. Merecemos condiciones que estén a la altura del esfuerzo que realizamos a diario.

Mientras se anuncian beneficios récord, nuestras condiciones internas se mantienen congeladas o incluso se han visto empeoradas. Porque cuidar a la plantilla también es invertir en el futuro del banco.

Por todo esto, reafirmamos nuestro compromiso para sentarnos a negociar con CaixaBank hasta que las cosas cambien.

Te detallamos a continuación, las propuestas de mejora que hemos hecho llegar a la empresa para acabar con unos Beneficios Financieros Insuficientes:

  • Mejoras en las condiciones de las cuentas de valores.
  • En los PP de empleo, diversidad de cestas con distinta sensibilidad al riesgo, para que
    el empleado pueda elegir en cual de ellas recibir la aportación.
  • Primas del Seguro de salud para familiares en condiciones económicas mas ventajosas.
  • Actualización y modificación A.L. ptmos dic/2020 en los siguientes puntos:

Vivienda

-Facilitar, en determinados casos justificados, el alquiler de la vivienda en los que ayude al repago de las operaciones de financiación de los empleados (condicionándolo al servicio de la deuda).

-Actualizar y aclarar conceptos computables para el cálculo de la capacidad de pago, y admitir a efectos de endeudamiento, los ingresos del cónyuge y los provenientes de otras fuentes justificables y constantes en el tiempo.

-Eliminación del diferencial del 0,47 % en los dos primeros años de amortización.

-Establecer el capital mínimo garantizado para el acceso a PRIMERA VIVIENDA HABITUAL A en 300.000,00 €, respetando el 40% de endeudamiento.

-Eliminar, tanto en VIVIENDA A como en VIVIENDA B, los segundos tramos de tipos de interés más caros en base a la cantidad solicitada; toda la financiación del mismo tipo de vivienda debe de tener las mismas condiciones. Solo diferenciación de tipo de interés por tipo de VIVIENDA, A o B.

-No limitar el número total de viviendas a financiar en modalidad A durante la vida laboral del empleado, siempre y cuando solo exista una vivienda habitual A financiada con préstamo activo en amortización.

-En modalidad B, durante la vida laboral del empleado, permitir más de una vivienda financiada, incluso la coincidencia de más de una en amortización, si la capacidad de pago lo permite.

-Supresión del límite conjunto de financiación como la suma de los capitales iniciales concedidos en préstamo vivienda vigentes, dejando como único condicionante que no se supere el 40 % de endeudamiento, pues se está considerando como capital dispuesto el concedido inicialmente y no el capital vivo pendiente, que es lo que realmente supone riesgo vivo en la Entidad.

-Establecer como única limitación en importes a solicitar por cualquier tipo de financiación, la resultante de no sobrepasar un endeudamiento total superior al 40 % de los haberes líquidos del empleado.

-En el cambio de vivienda, permitir el alquiler de la vivienda inicial cambiando sus condiciones a las de PTMO VVDA B, y no a condiciones de cliente, sin obligación de ajuste del capital pendiente al 80 % de tasación siempre que haya suficiente capacidad de pago.

-Dispensar de novar a condiciones cliente, si la Entidad autoriza el alquiler de la VVDA A por necesidades familiares, sin compra de nueva vivienda.

-Actualización y mejora de la aplicación SOLEM.

Préstamo atenciones varias:

– Elevar el capital mínimo garantizado de 35.000,00 a 50.000,00 €, siempre que haya capacidad de pago.

– Plazo máximo: Hasta 8 años de amortización o 7 años más 1 año de carencia.

– Cuando el préstamo tenga la finalidad de realizar pagos a cuenta de viviendas de primera construcción, el plazo máximo será de hasta 10 años de amortización, de los cuales como
máximo 2 podrán ser de carencia.

Anticipo de empleados

-Eliminar la justificación de finalidad.

-La cuantía máxima del anticipo sería de hasta seis mensualidades, computados todos los conceptos que integran la retribución fija bruta mensual y siempre y cuando el nivel de endeudamiento no supere el límite del 40% de los ingresos fijos netos del empleado. En todo caso, el importe máximo se establece en 50.000 euros.

-La amortización se realizará mediante cuotas mensuales iguales con un plazo máximo de amortización de 72 meses, sin superar la vida laboral del empleado.

Creación de dos nuevos productos de reestructuración:

-Reestructuración de préstamos hipotecarios vivienda.

-Reestructuración de operaciones de consumo (préstamos personales, tarjetas y descubiertos).

Te iremos informando puntualmente del recorrido de nuestras propuestas.

Para la mejora de tus condiciones laborales, ÚNETE A ACCAM-ACEEC

14 de octubre de 2025